Veri*factu para clubs y federaciones deportivas: guía práctica para cumplir la normativa

El reglamento Veri*factu obligará a emitir las facturas con software adaptado: desde el 1 de enero de 2027 para las entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades y desde el 1 de julio de 2027 para el resto. Los clubs y las federaciones deportivas no son una excepción: si emites facturas por patrocinios, cursos, arbitrajes o alquiler de instalaciones, esto te afecta. Te explicamos qué es, a quién obliga y cómo prepararte sin agobios.

Qué es Veri*factu

Veri*factu es el nombre popular del Reglamento de los sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023), que desarrolla la Ley Antifraude 11/2021. Su objetivo es simple: que ninguna factura emitida con un programa informático pueda alterarse o borrarse después. Para conseguirlo, el software de facturación debe generar por cada factura un registro inalterable y encadenado (cada registro incluye la huella del anterior) e imprimir un código QR tributario en la factura.

Existen dos modalidades de cumplimiento:

  • Modalidad VERI*FACTU: el software envía los registros de facturación a la Agencia Tributaria en el momento de emitirlos. Las facturas llevan la leyenda «VERI*FACTU».
  • Modalidad no VERI*FACTU: no se envía nada a Hacienda, pero el sistema debe firmar electrónicamente los registros, conservarlos y garantizar su trazabilidad e inalterabilidad.

¿Afecta a un club o a una federación deportiva?

En la mayoría de los casos, . Las asociaciones deportivas, los clubs y las federaciones son contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (aunque estén parcialmente exentas), y el reglamento se aplica a quien emite facturas mediante un sistema informático. Piensa en la facturación habitual de una entidad deportiva:

  • Facturas de patrocinio y publicidad a empresas colaboradoras.
  • Alquiler o cesión de instalaciones deportivas.
  • Cursos, campus y escuelas deportivas facturados a entidades o empresas.
  • En federaciones: licencias, inscripciones, cánones y arbitrajes facturados a los clubes.
  • Venta de material o equipación.
Importante: si tu entidad emite facturas con Excel, Word o un programa no adaptado, tienes fecha límite: 1 de enero de 2027 para las entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades (la mayoría de clubs y federaciones) y 1 de julio de 2027 para el resto.

El calendario, tras el último aplazamiento

El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, aplazó por segunda vez la entrada en vigor de la obligación. El calendario vigente es:

  • 29 de julio de 2025 (ya en vigor): los fabricantes solo pueden comercializar software de facturación adaptado al reglamento.
  • 1 de enero de 2027: obligación para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades — aquí entra la mayoría de clubs y federaciones, aunque estén parcialmente exentos.
  • 1 de julio de 2027: obligación para el resto de obligados (autónomos y otras entidades).

Que haya prórroga no significa que convenga esperar: cambiar la herramienta de facturación a mitad de temporada es mucho más doloroso que planificarlo con meses de margen.

Qué debe cumplir tu software de facturación

  • Generar un registro de facturación por cada factura, inalterable y con huella (hash) encadenada.
  • Incluir el código QR tributario en todas las facturas.
  • Añadir la leyenda «VERI*FACTU» cuando los registros se remiten a la AEAT.
  • Contar con la declaración responsable del fabricante que acredita que el sistema cumple el reglamento.
  • Ser capaz de remitir los registros a la Agencia Tributaria, de forma automática o a requerimiento.

Sanciones por incumplir

La Ley General Tributaria (artículo 201 bis) prevé multas de hasta 50.000 € por ejercicio para quien utilice software de facturación que no cumpla los requisitos. Para los fabricantes que comercialicen software no adaptado, las sanciones llegan a los 150.000 €.

No lo confundas con la factura electrónica B2B

Son dos obligaciones distintas. Veri*factu regula cómo se genera y registra una factura y entra en vigor en 2027. La factura electrónica obligatoria entre empresas (Ley Crea y Crece) regula cómo se envía y recibe, y su despliegue depende de un reglamento propio. Un software preparado para lo primero te deja mejor posicionado para lo segundo.

Checklist para tu club o federación

  1. 1. Haz inventario: ¿qué facturas emite tu entidad y con qué herramienta?
  2. 2. Si usas Excel, Word o plantillas: deja de emitir facturas así cuanto antes.
  3. 3. Si usas un programa: pide al proveedor su declaración responsable de conformidad con el RD 1007/2023.
  4. 4. Centraliza facturación y contabilidad en una única herramienta para evitar dobles registros.
  5. 5. Conserva los registros de facturación: forman parte de tus obligaciones fiscales.

En DMS Manager la facturación de tu club o federación se emite desde la misma plataforma donde gestionas cuotas, licencias y contabilidad oficial, con los registros y la trazabilidad que exige la normativa. Sin herramientas sueltas ni facturas en Excel.

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